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LINEAMIENTOS TÉCNICOS DE SEGURIDAD SANITARIA EN EL ENTORNO LABORAL

Conoce los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral (lineamientos), publicados en fecha 18 de mayo de 2020, por parte de la Secretaría de Salud, en coordinación con las Secretarias de Economía y del Trabajo y Previsión Social.

Los citados lineamientos se emitieron con el objetivo de complementar la planificación contenida en el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, acuerdo publicado en fecha el 14 de mayo de 2020, en el Diario Oficial de la Federacion, mismo que fuera modificado por el diverso publicado el 15 de mayo de 2020, en el mismo órgano de difusión.

En ese sentido, es preciso señalar que mediante los Acuerdos del 14 y 15 de mayo, se informó que la estrategia consistiría en la reapertura de actividades de una (1) manera gradual, (2) ordenada y (3) cauta, considerando las siguientes etapas:

i)     Etapa 1.- Inicia el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de COVID-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de COVID-19;

ii)    Etapa 2.- Abarca del 18 al 31 de mayo del 2020, y consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general, como son: la elaboración de protocolos sanitarios para el reinicio seguro de actividades, capacitación de personal para seguridad en el ambiente laboral, readecuación de espacios y procesos productivos, así como la implementación de filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral, entre otras que determine la Secretaría de Salud, y

iii)    Etapa 3.- Inicia el 1 de junio del 2020, conforme al sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas.

De igual forma, se decretó en los citados Acuerdos del 14 y 15 de mayo, un semáforo mediante el cual se establece con colores, las medidas de seguridad sanitaria apropiadas para las actividades laborales, educativas y el uso del espacio público, entre otros, mismo que se ilustra a continuación:

El semáforo se utiliza para representar por entidades federativas el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades, cada color representa lo siguiente:

Dicho lo anterior, los lineamientos establecen una estrategia para el retorno a las actividades a lo que dominan las autoridades una nueva normalidad, misma que consideran inicia el 1 de junio de 2020, acorde al diagrama obtenido en los citados lineamientos.

En ese orden de ideas, las empresas consideradas con actividades esenciales y las entidades federativas que se encuentren en color verde conforme al semáforo, deberán cumplir con diversos protocolos para la protección de la salud, mismas que deberán realizarse en la etapa preparatoria, a fin de poder iniciar actividades a partir del 1 de junio de 2020.

En ese sentido, los pasos que deben seguir los centros de trabajo para la creación de protocolos de seguridad sanitaria tendientes a reanudad actividades, consisten principalmente en lo siguiente:

Estos pasos son generales y es posible que, dependiendo las actividades de cada empresa, algunos centros de trabajo deban considerar mayores medidas para la promoción y especialmente la protección de la salud.

Para algunos de los pasos que deben contener los protocolos de seguridad, debemos considerar fundamentalmente lo siguiente:

  1. Planeación

Consiste en acciones necesarias para lograr una correcta implementación de las medidas en las empresas y en los centros de trabajo. Para lograr una planificación exitosa es importante estar pendiente del Sistema de Alerta Sanitaria.

  1. Información y capacitación

Consiste en las acciones para dar a conocer al personal las medidas de seguridad, higiene, limpieza, cuidados y en general las indicaciones de las autoridades a lo largo de todas las etapas de la Nueva Normalidad. Esto se logra mediante la colocación de carteles, el envío de correos electrónicos, pero también con videoconferencias, charlas y otras acciones comunicativas.

  1. Medidas de prevención de brotes en la empresa

Son acciones que se realizan cuando se sospecha o se sabe que existe una infección en el centro laboral con la finalidad de contenerla, y evitar la propagación del virus entre el personal. Entre estas están comprendidos los controles de acceso, la identificación del personal infectado y de su entorno, así como las acciones de aislamiento y desinfección.

  1. Políticas temporales

Son las medidas que implementan los centros de trabajo durante la nueva normalidad, con el fin de reducir el riesgo de contagio. Estas medidas dependerán del tipo de actividad que realiza el centro de trabajo, el municipio o localidad en donde se encuentra (de conformidad con el Sistema de Alerta Sanitaria) y las áreas con las que cuente. Entre estas acciones se encuentran las medidas para distanciamiento en áreas comunes, comedores, reuniones, horarios escalonados y el equipo de protección, entre otros.

  1. Vigilancia y supervisión

Son las acciones para constatar la correcta implementación de todas las medidas en las empresas o el centro de trabajo, las cuales serán responsabilidad del comité o persona designada para estas tareas.

Ahora bien, una vez cuentes con los protocolos que se llevaran acabo en tus centros de trabajo, previo a reanudar operaciones, deberás realizar una autoevaluación de cumplimiento, misma que deberás presentar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), acompañada de una carta bajo protesta de decir verdad, donde se manifieste que se cumple con lo establecido en los protocolos y en la autoevaluación presentada.

Una vez lo anterior, el IMSS podrá darte tres tipos de respuestas. Una aprobatoria, que no debe ocurrir en un plazo mayor a 72 horas; la segunda es que aún es insuficiente y se necesita mayor información para fortalecer ese protocolo y, por último, industrias que tengan que reiniciar su proceso.

En caso de estar en desarrollo de tus protocolos de seguridad para la protección salud y poder retornar a tus actividades o bien, si ya presentaste tu autoevaluación y obtuviste una respuesta no favorable, AP Consultores Legales pone a tu disposición su servicio de asesoría y gestoría administrativa a fin de ayudarte a cumplir con los requisitos de seguridad para la salud y la obtención de la autorización que necesitas para el retorno a las actividades a la nueva normalidad.

Para más información sobre el particular o en caso de tener dudas, te invitamos a contactarnos en el correo contacto@apconsultoreslegales.com

¡Acércate a nosotros para encontrar la solución más conveniente a tus necesidades!

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